La CIDH pide a Ecuador cuidar la salud y vida del exvicepresidente Jorge Glas, al que México dio asilo

San José (EFE).- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó este martes a Ecuador tomar medidas para proteger la salud y vida del exvicepresidente Jorge Glas, para lo que pidió que se le realice una evaluación médica completa en un hospital y que se mejoren sus condiciones carcelarias, lo que abre la posibilidad a que no siga recluido en La Roca, la cárcel de máxima seguridad de Ecuador.

La CIDH aceptó el pedido realizado por el equipo legal de Glas de ampliar las medidas cautelares que ya le había otorgado en 2019, al advertir que «su salud mental atraviesa por un estado de especial gravedad», por lo que exhortó al Estaco ecuatoriano a atender debidamente su salud tanto física como mental.

Ecuador CIDH
Fotografía de una audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en San José (Costa Rica). EFE/ Jeffrey Arguedas

Sin embargo, la Comisión no ordenó al Estado ecuatoriano su inmediata liberación y reconocimiento del estatus de asilado otorgado por México para su acogida en ese país, conforme solicitaba su equipo legal.

En abril de 2024 encarcelaron nuevamente a Glas dentro de la Embajada de México en Quito por agentes policiales que asaltaron la sede diplomática horas después de que el exvicepresidente recibiese asilo diplomático del Gobierno mexicano, al declararse perseguido político frente a las condenas y casos de corrupción que acumula en Ecuador desde 2017.

En el momento de su detención, el exvicepresidente, uno de los hombres fuertes dentro del Gobierno del presidente Rafael Correa (2007-2017), tenía pendiente de terminar de cumplir una pena de ocho años de cárcel por dos casos de corrupción, y estaba pendiente de investigación como imputado en un tercer caso por presunto peculado (malversación de fondos).

«Riesgo inminente» de suicidio

En meses anteriores, sus abogados alertaron de un «riesgo inminente» de un posible nuevo intento de suicidio por parte de Glas al recibir más de cuarenta fármacos al día, algunos de ellos psiquiátricos, luego de que presuntamente el exvicepresidente tratase de quitarse la vida con una sobredosis de fármacos después de su nueva encarcelación.

Bajo ese contexto, la CIDH realizó una visita a Glas el pasado 28 de octubre de 2024, y a partir de ello emitió este martes un dictamen donde instó al Estado ecuatoriano a realizar a Glas una evaluación médica completa en un hospital y a mantener una mesa técnica independiente que permita dirimir discrepancias y cumplir con estas medidas cautelares.

«Tras la valoración médica y el tratamiento recomendado, el Estado debe actuar con absoluta diligencia y tomar en cuenta las valoraciones científicas de la mesa técnica y asegurar que las condiciones de detención, ya sea que estas ocurran en un centro de detención o bien en un centro hospitalario si el beneficiario se encuentre recibiendo tratamiento hospitalario», determinó la CIDH.

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Entre las condiciones carcelarias exigidas por la CIDH está su traslado de La Roca a otra cárcel donde tenga una celda adaptada sin objetos que puedan usarse para autolesionarse, así como espacios iluminados, ventilados, limpios y no sobrepoblados, con acceso a servicios básicos.

También requirió personal capacitado con formación especializada en salud mental, detección de riesgo suicida y primeros auxilios psicológicos, además de evitar condiciones de aislamiento extremo y acceso a visitas familiares, contacto con abogados y asistencia religiosa si la desea.

Asimismo, la CIDH consideró necesario que el Estado ecuatoriano permita el acceso a mecanismos de supervisión independientes, y organizaciones externas institucionales debidamente acreditadas y especializadas para supervisar las condiciones de detención.

Condena por actos de tortura y muerte de un detenido

La CorteIDH también condenó al Estado de Ecuador como responsable por los hechos de tortura que resultaron en la muerte de Aníbal Alonso Aguas Acosta, mientras estaba detenido por un incidente en 1997.

Los hechos del caso se remontan al 1 de marzo de 1997, cuando detuvieron a Aguas por un incidente en un local comercial.

Durante el arresto, Aguas se resistió, por lo que varios agentes lo sometieron para ser trasladado a la comisaría.

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Al llegar al cuartel policial, el detenido se encontraba inconsciente y con signos de sangrado, y poco después murió en el hospital.

«El Tribunal estableció que Aníbal Aguas Acosta fue detenido y durante su custodia policial, fue sometido a violencia que le causó lesiones severas y la muerte por trauma cráneo encefálico. Concluyó que el uso de la fuerza fue abusivo y letal, responsabilizando al Estado por la violación de los derechos a la vida e integridad personal en perjuicio del señor Aguas Acosta», explicó la CorteIDH en el fallo notificado este martes a las partes.

Los tribunales ecuatorianos determinaron que sufrió violencia intencional mientras estaba bajo custodia y la autopsia determinó que falleció a causa de una hemorragia cerebral y una luxación de la articulación occipito-atloidea provocadas por múltiples traumatismos, entre ellos la separación de la cabeza del cuerpo.

«La CorteIDH calificó estos actos como tortura y responsabilizó al Estado por la violación de su derecho a la integridad personal y a no ser sometido a tortura. (…) La Corte determinó que la muerte de Aníbal Aguas Acosta afectó especialmente a sus hijos, vulnerando sus derecho a la protección familiar y a la niñez. Además, concluyó que el Estado violó el derecho a la integridad personal de sus familiares», indica la sentencia.

Los responsables nunca cumplieron condena

El tribunal ordenó al Estado investigar el caso, identificar y sancionar a los responsables, así como realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad.

Aunque la Justicia condenó a los dos agentes a ocho años de prisión por muerte debido a tormentos corporales, nunca cumplieron la pena, y en 2019 la Corte Provincial de Justicia del Guayas declaró la prescripción de la acción penal.

Actualmente, desde enero de 2021, la Fiscalía mantiene abierta una investigación por posible delito de tortura, sin descartar la existencia de un presunto delito de ejecución extrajudicial o un concurso de infracciones.

Un integrante de la Policía de Ecuador patrulla en un barrio de Guayaquil (Ecuador). EFE/ Carlos Durán Araújo

«La condena contra los policías responsables de la muerte de Aníbal Aguas Acosta no se ejecutó debido a su incomparecencia y a la falta de diligencia estatal, lo que llevó a la prescripción de la pena. Esto violó el derecho de acceso a la justicia», explica el fallo de la CorteIDH.
Durante el proceso ante la CorteIDH, Ecuador reconoció parcialmente su responsabilidad en la violación de derechos de Aguas y su familia en un acuerdo de solución amistosa.

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